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Los triángulos de emergencia dejan de ser obligatorios, pero ¿hay que seguir llevándolos en el coche?

 

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya no te obliga a colocar los triángulos de emergencia. Hasta ahora, si conducías un vehículo, sabías que, en caso de avería, debías inmovilizarlo y señalizarlo debidamente para alertar a otros conductores de tu presencia. Y para ello, colocabas los triángulos de emergencia.

Una acción que no está exenta de riesgo, ya que hay que bajar del vehículo y caminar por el arcén hasta estar a una cierta distancia para colocarlos. Y es que, según datos de la DGT, en 2022 fallecieron 58 peatones en autovías y autopistas. De estos, 3 de cada 10 se habían bajado del vehículo y la gran mayoría no hacían uso de la prenda reflectante.

Sin embargo, desde este sábado 1 de julio, los triángulos de emergencia han dejado de ser obligatorios por ese mismo riesgo en autovías y autopistas. «Ese es el cambio más destacado. Era inviable que una persona saliera en una autopista, con la densidad de tráfico que hay y las velocidades a las que se circula, a poner los triángulos en caso de avería», ha explicado Nico Casabuena, al frente de una autoescuela de la ciudad, en declaraciones a Cope Alcoy.

La exención quedará anulada a partir del 1 de enero de 2026, cuando pase a ser obligatoria -para señalizar en caso de avería- la señal V-16, un objeto luminoso imantado que se coloca encima del techo del coche. La pregunta que surge es si debemos seguir llevándolos en el coche. Y la respuesta es: sí. «Es obligatoria llevarla en el vehículo, lo que se ha retirado es la obligación de salir a colocarla en este tipo de autovías y autopistas», ha apuntado el profesor de autoescuela.

Uno de los principales motivos es que la obligatoriedad sigue vigente en carreteras convencionales y vías urbanas que no sean autopistas ni autovías. Además, también es obligatorio colocar los triángulos en otros países.

Imagen: Cope

Esto es lo que actualiza desde hoy la nueva Ley de Tráfico

Desde hoy lunes, 21 de marzo, entra en vigor la última modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

“Las cuantías de las multas no se han incrementado en 13 años”, Concepción Guerrero (DGT)

El 21 de marzo entra en vigor la última modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La normativa se ha actualizado para incorporar nuevas infracciones, derivadas por ejemplo del uso del teléfono móvil, e incorpora sanciones que se traducirán en la bajada de puntos.

1. Llevar el móvil en la mano

Está prohibida la manipulación manual del teléfono móvil, del navegador o cualquier otra dispositivo de comunicación mientras se conduce. Así como la utilización de cascos o auriculares. Sí está permitido el manos libres.

¿POR QUÉ?

Desde el año 2016 las distracciones son ya la primera causa de los accidentes mortales. En 2020, en el 31% de los accidentes mortales las distracciones fueron el factor concurrente.

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2. Intercomunicador entre motos

Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para su uso en el casco con fines de comunicación y navegación.

¿POR QUÉ?

Es una reiterada reivindicación del sector de la moto, y ahora las nuevas tecnologías lo hacen posible de forma segura.

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3. No usar adecuadamente el cinturón, SRI y el casco

Se considerará infracción tanto no usarlo como llevarlo de forma no adecuada, el cinturón de seguridad, el SRI (sillita infantil) para los niños o el casco en motoristas.

¿POR QUÉ?

Uno de cada cuatro fallecidos en turismo o furgoneta no llevaba el cinturón de seguridad abrochado. La DGT considera que si no lo llevan es porque no quieren, no porque no sepan que es obligatorio hacerlo.

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4. Cursos de conducción segura y eficiente

Se apuesta por el reciclaje en la formación de los conductores que quieran mejorar su conducción y hacerla más segura y eficiente, a través de cursos de carácter voluntario. Se les bonificará con 2 puntos, siempre que tengan saldo positivo. Se podrá realizar un curso de cada tipo cada 2 años.

¿POR QUÉ?

Se han consolidado como una buena práctica. Una Orden Ministerial determinará su contenido.

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Son diferentes a los cursos de sensibilización y reeducación que son obligatorios para los conductores que hayan perdido todos sus puntos o el permiso de conducción.

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5.Recuperación de puntos

Transcurridos 2 años sin que el conductor fuera sancionado en firme por la comisión de una infracción que conlleve detracción de puntos, se recuperará el saldo inicial de puntos. Da igual si las infracciones son graves o muy graves.

¿POR QUÉ?

Hasta ahora debían transcurrir 2 años si la infracción había sido grave y 3 sí había sido muy grave. Una complicación administrativa que no aportaba más seguridad ni más concienciación del conductor. Facilita la comunicación de esta norma y la comprensión del ciudadano.

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6. Adiós a los 20 km/h al adelantar

En carreteras convencionales, los conductores no podrán superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos.

¿POR QUÉ?

Dos de cada tres siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. El adelantamiento es sin duda una maniobra de riesgo, reducir el número de estas maniobras es reducir la siniestralidad en carretera convencional, un prioridad en la política de seguridad vial. Además, esta excepción no existe en ningún país de nuestro entorno.

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7. No respetar las indicaciones de los agentes y de los paneles

No respetar las señales, ordenes o indicaciones de los agentes encargados de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, así como de las indicaciones de los paneles de mensaje variable ubicados en las vías.

¿POR QUÉ?

La normativa establece que las indicaciones de los paneles también son de obligado cumplimiento, y por lo tanto sancionables.

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8. Prioridad de los peatones

Los peatones tendrán preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos de peatones, en las aceras y en las zonas peatonales. Además, las bicicletas y los VMP no podrán circular por las aceras. Por reglamento se establecerán las excepciones.

¿POR QUÉ?

Hasta ahora solo se mencionaban los pasos de peatones, se ha añadido las aceras y las zonas peatonales para dar cobertura a la preferencia peatonal en vados y accesos a garajes. Importante recordar que en algún momento todos somos peatones.

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9. Adelantar ciclistas

Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor hay que guardar una distancia mínima de 1,5 metros. Si la calzada tiene dos o más carriles por sentido, es obligatorio cambiar completamente de carril para realizar la maniobra.

¿POR QUÉ?

Para mejorar la seguridad de este colectivo vulnerable en sus desplazamientos cada vez más frecuentes tanto por carretera como por zonas urbanas. En 2020 fallecieron 71 ciclistas en siniestro de tráfico.

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10. Aparcar en el carril bici

Está prohibido parar o estacionar cualquier vehículo en los carriles o vías ciclistas.

¿POR QUÉ?

Si ya lo está en los carriles bus, parece lógico que también lo esté en los cada vez más frecuentes carriles bici de nuestras ciudades. La bicicleta es un medio más de transporte, cada vez más numeroso, y tenemos que aprender a convivir con él y a proteger a este colectivo más vulnerable.

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11. Circular en patinete por autovía o autopista

No podrán circular por autopista ni autovía los VMP (patinetes).

¿POR QUÉ?

Esta prohibición ya está recogida en el Reglamento de Medidas Urbanas (el conocido por el 30 km/h en ciudad); con esta Ley se le da cobertura legal necesaria para sancionar esta infracción.

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12. Clases de bici y patinete

Se aprueban las normas para que en la programación de educación se incluya la formación en conducción de bicicletas y vehículos de movilidad personal. Se tendrá de regular.

¿POR QUÉ?

La DGT apuesta fuertemente por la educación como la mejor actuación para reducir los riesgos y los niños como el colectivo más importante. Ellos son ahora y serán después, usuarios de las vías tanto como conductores como peatones.

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13. Llevar inhibidores de radares

Se prohíbe el uso o su instalación, y ahora también llevar inhibidores de radares o cinemómetros o cualquier otro instrumento que eluda o interfiera en el funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, o emitan o hagan señales para avisar de la posición de un radar.

¿POR QUÉ?

Estos sistemas interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico y ponen en riesgo la seguridad de los usuarios de la vía.

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14. Cero alcohol para menores

Se introduce por primera vez la tasa 0 de alcohol (tanto en sangre como en aire espirado) para los conductores menores de 18 años (bicicletas, patinetes, ciclomotores con permiso AM y A1).

¿POR QUÉ?

Si está prohibida la venta de alcohol a los menores de edad, la DGT considera lógico y razonable su correspondencia en la conducción. Además, el 27% de los accidentes registrados en 2020 el principal factor concurrente era el alcohol.

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15. Circular si está restringido por contaminación o en ZBE

Es obligatorio respetar las restricción de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y en las zonas de bajas emisiones (ZBE).

¿POR QUÉ?

La Ley de Cambio Climático obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a poner en marcha en este 2022 estas zonas y, había que dar cobertura legal a los ayuntamientos para la vigilancia, control y sanción de sus incumplimientos.

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16. Tirar colillas

Se incrementa el número de puntos que se pierden (de 4 a 6 puntos) por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.

¿POR QUÉ?

Reducir el riesgo de siniestro vial y los preocupantes daños al medio ambiente.

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17. Copiar en los exámenes

Se prohíbe utilizar dispositivos de intercomunicación en las pruebas para la obtención o recuperación de permisos o licencias de conducción (por ejemplo, pinganillos). Además de la multa, no podrán volver a presentarse a examen en 6 meses.

¿POR QUÉ?

Es una práctica muy extendida y es muy grave que una persona sin los conocimientos adecuados pueda obtener el permiso y conducir.

DESTACAR

Si se suplanta la identidad (se presenta otra persona por ti) es una infracción penal.

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18. El carné, en el móvil

Ahora con la app miDGT se puede acreditar que se tiene autorización para conducir.

¿POR QUÉ?

Poner las facilidades que aportan las nuevas tecnologías al servicio del ciudadano.

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19. Conductores profesionales

Se posibilita a las empresas dedicadas al transporte de personas o de mercancías y a los autónomos que tengan empleados a conocer si un conductor profesional que trabaja con ellos tiene su permiso de conducción vigente, sin ser necesaria la autorización del trabajador.

¿POR QUÉ?

Las empresas de transporte reclaman la posibilidad de controlar si sus trabajadores cumplen los requisitos legales, son responsables y están concienciados con la seguridad vial.

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20. Alcolock para profesionales

A partir del 6 de julio de este 2022 los vehículos de nueva matriculación dedicados al transporte de viajeros llevarán la preinstalación de los denominados alcolocks (unos dispositivos conectados al sistema de arranque que impiden que el encendido del motor del vehículo si el conductor sobrepasa la tasa de alcoholemia permitida). Y su conductor deberá utilizarlos.

¿POR QUÉ?

Normativa obligatoria establecida por la Unión Europea.

¿Qué quiere decir la nueva señal de la DGT que comenzará a verse en las calles este 2022?

La nueva ley de cambio climático entra en marcha y 2022 va a ser un año clave en la implantación de nuevas medidas en las principales ciudades de España. Concretamente, antes de 2023 todas las urbes de más de 50.000 habitantes deberán contar con una zona de bajas emisiones, tal y como ya ocurre en Barcelona o Madrid, donde se acaba de implantar el plan 360 que sustituye al Madrid Central de Manuela Carmena.

Así, la Dirección General de Tráfico (DGT) empleará, a partir de este año, un sistema basado en etiquetas medioambientales. Según la nueva normativa, quedarán fuera del centro de estas ciudades los modelos que no tengan el distintivo o etiqueta: los diésel matriculados antes de 2006 y los vehículos de gasolina previos al año 2000.

La señal, que tiene forma redonda y en la que puede verse a un vehículo expulsando humo por el tubo de escape, informa, concretamente, “de la entrada prohibida a vehículo de motor, excepto aquellos vehículos que dispongan del distintivo ambiental indicado por la entidad local en la parte inferior de la señal”, según recoge Tráfico.

Junto a la señal, más abajo, se incluye un recuadro que especifica las tres excepciones que permite la norma. Son aquellos vehículos que presenten la etiqueta 0 emisiones, así como aquellos que tengan la ‘etiqueta eco’, así como los que presenten la pegatina con el distintivo ‘C’.

Las cuatro etiquetas de la DGT

La primera de estas etiquetas es la Cero. Estas corresponden a los vehículos eléctricos de batería (BEV), así como los eléctricos de autonomía extendida (REEV) y los híbridos enchufables (PHEV), eso sí, que tengan una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

Mientras, la etiqueta ECO corresponde a los eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 kilómetros y los híbridos no enchufables (HEV). También tienen derecho a solicitar este distintivo aquellos vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL), así como los alimentados por gas licuado del petróleo (GLP).

Por último, los distintivo C en los vehículos están reservados para aquellos de combustión interna, esto es, turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015.

Placa patinete

Este es el certificado que te pedirá la DGT para tu patinete


Vicente Herranz.- El Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, modifica el Reglamento General de Circulación, y el Reglamento General de Vehículos, en materia de medidas urbanas de tráfico, ha logrado dotar a los llamados vehículos de movilidad personal de un marco jurídico específico.

Esta nueva regulación establece que los VMP requerirán para poder circular, el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación.

Asimismo, pone en marcha el llamado «Manual de Características de los Vehículos de Movilidad Personal» como el documento elaborado por la DGT para establecer los requisitos técnicos que los vehículos de movilidad personal deben cumplir para su puesta en circulación, la clasificación de los mismos, los procesos de ensayo para su certificación y los mecanismos que se emplearán para su fácil identificación. El manual se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en la página web de la Dirección General de Tráfico. Además, se actualizará cuando se modifiquen los criterios reglamentarios en materia de vehículos o cuando la aparición de nuevas formas de movilidad lo requiera.

En este Manual, del que existe borrador, define el Vehículo de Movilidad Personal (VMP) como: «vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Estos vehículos pueden estar equipados con baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada».

PLACA DE IDENTIFICACIÓN

Los vehículos tienen que llevar la siguiente información en un marcaje de fábrica único, permanente, legible, ubicado de forma claramente visible, y que no permita su reutilización en otro vehículo:

Velocidad máxima / Número de serie o identificación / Número de certificado / Año de construcción / Marca y modelo

La placa de marcaje se fabricará con material de aluminio aleación 1050 de un espesor de 1 ± 0,2 mm. El color del fondo de dicho marcaje será negro mate, y su tamaño de 104×30 mm, con una tolerancia de ± 2 mm en las dimensiones de la superficie.

Queda sin aclarar cuándo pretende la DGT poner en marcha esta obligación y si la placa que certifique el patinete se exigirá a los usuarios que disfrutan actualmente de su vehículo.

Doce policías para el control de la velocidad de conducción en Alcoy

Doce policías locales del Ayuntamiento de Alcoy están asistiendo a cursos organizados por la Dirección General de Tráfico (DGT) para operadores de radares. Estos medidores de velocidad son tanto para soporte en trípodes camuflados como para su uso en los vehículos que tienen cedidos a los consistorios.

Para el concejal de Seguridad, Raül Llopis, este tipo de formación es positiva para la población dado que «el ayuntamiento está poniendo los medios informativos , para que los vehículos que circulen por las vías de la ciudad sean conscientes»

Una acción que cobra todavía más importancia debido a «los peligros y las molestias que causan las conductas incívicas y los excesos de velocidad».  Por tanto, el primer paso para este propósito será tener efectivos formados y conocedores de las últimas técnicas, ya que la formación de la Policía Local es imprescindible para un mejor servicio a los vecinos.

Algo que, de realizarse exitosamente, conllevará «un adecuado control de la velocidad en el casco urbano» algo que será , sin duda, una mejora sustancial para evitar accidentes de gravedad y mejorar la calidad de vida de todos los alcoyanos

Los controles de la DGT y Policía Local se saldan con 9 positivos en alcohol

La Dirección General de Tráfico (DGT) y la Policía Local llevaron a cabo la pasada semana en Alcoy varios controles en la ciudad de alcoholemia, drogas, documentación y del uso de los cinturones de seguridad y los sistemas de retención para niños. En total, según han informado desde el Ayuntamiento de Alcoy, se realizaron cuarenta controles en diez puntos diferentes de la ciudad y se practicaron 889 pruebas a conductores de todo tipo de vehículos: camiones, turismos, bicicletas o conductores y profesores de coches de Autoescuelas. La campaña ha permitido detectar 9 positivos en Alcohol, uno de los cuales se ha tramitado por la vía penal, y se han efectuado una treintena de denuncias administrativas muchas de las cuales correspondían a que los propietarios de los vehículos no habían realizado la correspondiente ITV. De igual forma se detuvo a dos conductores, uno implicado en un accidente de tráfico y por cuadruplicar la tasa de alcohol permitida; y el otro por circular sin seguro ni ITV teniendo además el permiso de conducir retirado judicialmente.

El edil de Seguridad, Raül Llopis, valora los datos y señala que «tan solo el 1% de los resultados han sido positivos. Nos gustaría bajar la cifra, y hay que insistir en que con el alcohol estamos multiplicando el riesgo de sufrir un accidente. Debemos todos concienciarnos de que la única tasa segura es 0´0», afirma.

Finalmente Llopis detalla que en las próximos meses, sobre todo los fines de semana, se incrementarán los controles de alcohol y apunta que también se harán test de drogas. Para ello la Policía Local ya dispone de personal formado y se ha adquirido el material necesario para realizar las detecciones.

 

La Policía Local premiada por la Dirección General de Tráfico

La Policía Local de Alcoy ha sido premiada en el IV Encuentro de Ciudades con Movilidad Segura y Sostenible. Un acto que organiza la Dirección General de Tráfico (DGT) bajo el lema “Visión Cero Accidentes”, con charlas como el fomento del uso de transportes alternativos, la peatonalización de las calles así como la gestión más eficaz de las sanciones de tráfico.

Este encuentro se desarrolló  los días 26 y 27 de mayo en el Recinto Ferial de Badajoz. Entre los representantes de la provincia de Alicante han estado ciudades como Finestrat, Rojales, Alcoy y Benidorm. La Policía Local de Alcoy como Decana de las Policías Locales de España recibió un diploma en reconocimiento a sus más de 50 años de prestación del servicio de educación vial. 

El concejal de seguridad, Raül Llopis, ha destacado que las labores que realiza la Policía Local es una de las más importantes y más gratificantes «aunque a veces no es bastante reconocida». El edil, remarca su importancia al señalar que «solo hay que pensar que en nuestro pueblos y ciudades circulan 730 veces más vehículos que en las carreteras», concluye.

Los exámenes de conducir teóricos se quedan en Alcoy

De momento de forma provisional a la espera de que Tráfico lo confirme de forma definitiva. En esta decisión de Dirección General de Tráfico ha influido las protestas y quejas de las autoescuelas tanto de Alcoy como también de la comarca, y la mediación también del Ayuntamiento de Alcoy y en concreto de la gestión del edil de Seguridad Raül Llopis. El edil se mostraba satisfecho con la medida aunque también apuntaba que «esperamos que esta decisión sea ya de forma permanente y seguiremos trabajando desde el ayuntamiento para que así sea».

La DGT  había previsto centralizar en Alicante a partir de agosto los exámenes teóricos del carné de conducir, dentro de un plan nacional, que dejaba a Alcoy sin pruebas, después de más de 30 años. por lo que no será efectiva el próximo 1 de agosto. El concejal de Seguridad Raül Llopis ha significado que se va a trabajar para tratar de lograr que la resolución sea definitiva.

La DGT traslada los éxamenes de conducir teóricos a Alicante

El examen teórico del carné de conducir se desarrollará en Alicante a partir del 1 de agosto. La Dirección General de Tráfico ha decidido eliminar los centros examinadores de Alcoy, Orihuela y Dénia para concentrar las pruebas en Alicante. La Dirección General de Tráfico argumenta que en Alicante están las nuevas pantallas táctiles con las que se realizan los exámenes y que con esta medida lo que se pretende es habilitar un único punto de examinación con el objetivo de ahorrar recursos y facilitar la corrección. El último examen teórico que se realizará en Alcoy será el del 28 de agosto. A partir de septiembre, todos las pruebas teóricas del carné de conducir de la provincia se llevarán a cabo en Alicante.

Al respecto y tras la reacción de las autoescuelas de Alcoy y Comarca, el Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Alcoy a través del concejal de Seguridad, Raül Llopis, ha afirmado que van a realizar todo lo que sea posible para que los exámenes vuelvan lo más pronto posible en Alcoi. «Este traslado supondrá muchos gastos y molestias para la gente que quiere obtener el carné de conducir».

Llopis ha explicado que el portavoz de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible en el Congreso, Carles Corcuera, ha solicitado la comparecencia de la directora general de Tráfico, María Seguí, para que informe de las razones que justifican la concentración de los exámenes para la obtención del permiso de conducción.