El juzgado desestima la demanda por las muertes en DomusVi Alcoy

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Alcoy ha desestimado la demanda presentada por los familiares de 15 personas fallecidas y tres que sufrieron lesiones en la residencia de ancianos DomusVi durante la pandemia de Covid-19. Los demandantes reclamaban más de 2,2 millones de euros en indemnizaciones, pero el tribunal ha concluido que no hubo actuación negligente por parte de Quavitae Servicios Asistenciales SAU, la empresa que gestiona el centro.

En una sentencia de 257 folios, notificada este jueves, el juez analiza exhaustivamente las pruebas documentales y las declaraciones de testigos y peritos que intervinieron en el juicio celebrado entre el 30 de septiembre y el 10 de octubre del año pasado. La resolución señala que no se ha demostrado que la empresa incurriera en negligencia respecto a la entrada y propagación del virus ni en la atención a los residentes.

El juez argumenta que una residencia no es un hospital y que las condiciones excepcionales provocadas por la pandemia superaron cualquier margen de normalidad. Destaca que tanto el sistema sanitario como el sociosanitario enfrentaron un «desabastecimiento total» de recursos, lo cual afectó a nivel internacional y no puede ser imputado a la empresa demandada. Además, subraya que las decisiones deben evaluarse con base en lo que se conocía sobre el virus en marzo de 2020, cuando aún había incertidumbre sobre su transmisión.

La sentencia también aclara que DomusVi cumplía con las ratios de personal requeridas y tomó medidas para restringir visitas y sectorizar a los residentes desde los primeros días del brote. El juez descarta cualquier desatención hacia los residentes o incumplimiento de protocolos vigentes, señalando que las recomendaciones sanitarias permitían aislar solo a aquellos con síntomas.

Asimismo, se absuelve a Mapfre, la aseguradora del centro, debido a una cláusula en su póliza que limitaba su cobertura hasta diciembre de 2020. Aunque el juez no impuso costas procesales a los demandantes principales por sus dudas al presentar la demanda, dejó abierta la posibilidad de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante dentro del plazo establecido.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante en el plazo de 20 días.

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